El Banco Central de Venezuela (BCV) fijó nuevos niveles para las tasas de interés mínimas que las instituciones bancarias deben pagar a sus depositantes a partir del 15 de septiembre de 2026, una medida que busca fortalecer la efectividad de la política monetaria y estimular progresivamente el mantenimiento de saldos en bolívares por parte de personas naturales y jurídicas, destaca una nota de prensa del ente emisor.
Entre las disposiciones aprobadas se establece que la totalidad de los depósitos bancarios pasarán a ser remunerados, lo que incluye las cuentas corrientes. Para los depósitos a la vista se establece una tasa de interés mínima anual del 10 %.
En cuanto al resto de los instrumentos, las tasas para los depósitos de ahorro pasan de un mínimo de 32% a 42% anual. Por su parte, los depósitos a plazo fijo se incrementan de un mínimo de 36 % a 46 % anual. Cada entidad bancaria mantiene la facultad de ofrecer rendimientos superiores a los pisos fijados por el organismo regulador.
Según informó el ente emisor, «las tasas de interés constituyen un instrumento activo de política monetaria y, por lo tanto, se tomarán acciones en esta materia para fortalecer su papel como canal estratégico en el proceso de estabilización de precios».
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Periodista. Licenciado en Comunicación Social, CNP: 27.132 /SNTP: 8.493 | Locutor y Productor Nacional Independiente 28.097. Corresponsal de Globovisión y Unión Radio en Monagas.

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